Contenido de dos Actas habilitantes exigidas por la Directiva de Energías Renovables (RED II) adoptada por la Unión Europea (I)

Según un comunicado de la Comisión Europea, la primera ley habilitante define las condiciones necesarias para que el hidrógeno, los combustibles a base de hidrógeno u otros vectores de energía se clasifiquen como combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO). El proyecto de ley aclara el principio de “adicionalidad” del hidrógeno establecido en la Directiva de Energías Renovables de la UE, lo que significa que las celdas electrolíticas que producen hidrógeno deben conectarse a nueva producción de electricidad renovable. Este principio de adicionalidad se define ahora como “proyectos de energías renovables que entren en funcionamiento no antes de 36 meses de antelación a las instalaciones que produzcan hidrógeno y sus derivados”. El principio tiene como objetivo garantizar que la generación de hidrógeno renovable incentive un aumento en la cantidad de energía renovable disponible para la red en comparación con la que ya está disponible. De esta manera, la producción de hidrógeno apoyará la descarbonización y complementará los esfuerzos de electrificación, evitando al mismo tiempo presionar la generación de energía.

La Comisión Europea espera que la demanda de electricidad para la producción de hidrógeno aumente de aquí a 2030 con el despliegue a gran escala de grandes células electrolíticas. Para lograr la ambición de REPowerEU de producir 10 millones de toneladas de combustible renovable a partir de fuentes no biológicas para 2030, la UE necesitará alrededor de 500 TWh de electricidad renovable, lo que equivale al 14% del consumo total de energía de la UE para entonces. Este objetivo se refleja en la propuesta de la Comisión de elevar el objetivo de energía renovable al 45% para 2030.

La primera Ley de habilitación también establece las diferentes formas en que los productores pueden demostrar que la electricidad renovable utilizada para producir hidrógeno cumple con la regla de adicionalidad. Además, introduce normas diseñadas para garantizar que el hidrógeno renovable se produzca sólo cuando y donde haya suficiente energía renovable (lo que se denomina relevancia temporal y geográfica). Para tener en cuenta los compromisos de inversión existentes y permitir que el sector se adapte al nuevo marco, las normas se introducirán gradualmente y están diseñadas para volverse más estrictas con el tiempo.

El proyecto de ley de autorización de la Unión Europea del año pasado requería una correlación horaria entre el suministro y el uso de electricidad renovable, lo que significa que los productores tendrían que demostrar cada hora que la electricidad utilizada en sus celdas provenía de nuevas fuentes renovables.

El Parlamento Europeo rechazó el controvertido vínculo horario en septiembre de 2022 después de que el organismo comercial del hidrógeno de la UE y la industria del hidrógeno, liderado por el Consejo de Energía Renovable del Hidrógeno, dijeran que era inviable y que elevaría los costos del hidrógeno verde de la UE.

Esta vez, el proyecto de ley de autorización de la Comisión compromete estas dos posiciones: los productores de hidrógeno podrán equiparar su producción de hidrógeno con la energía renovable que hayan contratado mensualmente hasta el 1 de enero de 2030 y, a partir de entonces, solo aceptarán enlaces cada hora. Además, la norma establece una fase de transición, que permite que los proyectos de hidrógeno verde que funcionen a finales de 2027 estén exentos de la disposición de adicionalidad hasta 2038. Este período de transición corresponde al período en el que la celda se expande y entra al mercado. Sin embargo, a partir del 1 de julio de 2027, los estados miembros tienen la opción de introducir reglas más estrictas de dependencia del tiempo.

En cuanto a la relevancia geográfica, la Ley establece que las plantas de energía renovable y las celdas electrolíticas que producen hidrógeno se colocan en la misma zona de licitación, que se define como el área geográfica más grande (normalmente una frontera nacional) en la que los participantes del mercado pueden intercambiar energía sin asignación de capacidad. . La Comisión dijo que esto era para garantizar que no hubiera congestión de la red entre las celdas que producen el hidrógeno renovable y las unidades de energía renovable, y que era apropiado exigir que ambas unidades estuvieran en la misma zona de licitación. Las mismas reglas se aplican al hidrógeno verde importado a la UE e implementado a través del esquema de certificación.


Hora de publicación: 21 de febrero de 2023
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