Contenido de dos Actas habilitantes requeridas por la Directiva de Energías Renovables (RED II) adoptada por la Unión Europea (UE)

El segundo proyecto de ley de autorización define un método para calcular las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida de los combustibles renovables procedentes de fuentes no biológicas. El enfoque tiene en cuenta las emisiones de gases de efecto invernadero a lo largo del ciclo de vida de los combustibles, incluidas las emisiones iniciales, las emisiones asociadas con la obtención de electricidad de la red, el procesamiento y el transporte de estos combustibles hasta el consumidor final. El método también aclara formas de coproducir emisiones de gases de efecto invernadero a partir de hidrógeno renovable o sus derivados en instalaciones que producen combustibles fósiles.

La Comisión Europea dice que la RFNBO sólo contará para el objetivo de energía renovable de la UE si reduce las emisiones de gases de efecto invernadero en más de un 70 por ciento en comparación con los combustibles fósiles, lo mismo que el estándar de hidrógeno renovable aplicado a la producción de biomasa.

Además, parece haberse alcanzado un compromiso sobre si clasificar los hidrocarburos bajos (hidrógeno producido por energía nuclear o posiblemente a partir de combustibles fósiles que pueden ser capturados o almacenados en carbono) como hidrógeno renovable, con una decisión separada sobre los hidrocarburos bajos a finales de 2024, según la nota de la Comisión que acompaña al proyecto de ley de autorización. Según la propuesta de la Comisión, antes del 31 de diciembre de 2024, la UE estipulará en su ley habilitante formas de evaluar la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de combustibles bajos en carbono.


Hora de publicación: 21 de febrero de 2023
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